Cesantías en Febrero: Cuánto y Cuándo Llegan
Entiende qué pasa con tus cesantías en febrero: cuándo debe consignar tu empleador, cuánto es, cómo calcularlo y qué pasa si no llegan a tiempo.
Cesantías en Febrero: Cuánto Depositan y Cuándo Llegan en 2026
Tu empleador tiene hasta el 14 de febrero de cada año para consignar tus cesantías del año anterior en el fondo que elegiste. El monto equivale a un mes de salario si trabajaste todo el año —o la proporción correspondiente si ingresaste en una fecha intermedia. Ese dinero no sale de tu bolsillo: lo aporta íntegramente la empresa.
Una confusión muy común es creer que las cesantías “te las descuentan del sueldo” en febrero. No es así. Tu salario no cambia. Lo que ocurre es que tu empleador separa, de su propio presupuesto, el equivalente a 30 días de tu salario por cada año trabajado y lo deposita en el fondo a tu nombre.
Importante: El contenido de este artículo tiene fines informativos. Las cifras son estimaciones basadas en la Ley 50 de 1990. Para consultar el saldo real de tus cesantías, ingresa directamente al portal de tu fondo (Porvenir, Protección, Colfondos, Old Mutual o FNA) o al sistema del Ministerio del Trabajo.
La Fórmula para Calcular tus Cesantías de Febrero
El cálculo no varía desde la Ley 50 de 1990:
Fórmula: Cesantías = Salario mensual × Días trabajados en el año / 360
Donde:
- Salario mensual: incluye el salario básico + los pagos que sean salario (horas extra, comisiones, si son habituales). No incluye pagos que por ley no constituyen salario (viáticos ocasionales, auxilios de transporte no habituales, bonificaciones extralegales pactadas como no salariales).
- Días trabajados: desde el 1 de enero del año anterior hasta el 31 de diciembre (o desde tu fecha de ingreso si entraste después del 1 de enero).
- 360: divisor legal estándar para el año laboral colombiano.
Ejemplo Práctico: Cuánto Llega en Febrero
Perfil: Laura trabaja desde el 1 de enero de 2025. Su salario mensual es $2.200.000 COP y estuvo vinculada todo el año.
Paso 1 — Días trabajados en 2025: 360 días (año completo).
Paso 2 — Aplicar la fórmula:
Cesantías = $2.200.000 × 360 / 360 = $2.200.000 COP
Laura recibirá en su fondo $2.200.000 antes del 14 de febrero de 2026.
Caso con ingreso a mitad de año: Si Laura hubiera ingresado el 1 de julio de 2025, habría trabajado 184 días (1 jul – 31 dic).
Cesantías = $2.200.000 × 184 / 360 = $1.124.444 COP
Tres Casos Habituales de Febrero
Trabajador con año completo
El caso más sencillo: salario × 1 = monto a depositar. Si ganas $1.800.000, esperas $1.800.000 en el fondo antes del 14 de febrero.
Trabajador que ingresó a mitad del año
Solo se cuentan los días efectivamente trabajados desde tu fecha de ingreso hasta el 31 de diciembre. El fondo mostrará un monto menor al salario mensual, lo cual es completamente normal y correcto.
Trabajador con salario variable (comisiones o horas extra)
El salario base para calcular cesantías incluye el promedio de las comisiones o horas extra habituales del período. Si tus ingresos varían mucho mes a mes, el empleador promedia los pagos que constituyen salario durante el año. [⚠️ DATO: si tu empresa maneja un promedio de salario variable, pide la liquidación detallada al área de Recursos Humanos para verificar que el cálculo es correcto.]
Tabla: Cuánto Esperar Según tu Salario (Año Completo)
| Salario mensual (COP) | Cesantías año completo (COP) | Intereses anuales aprox. (12%) |
|---|---|---|
| $1.300.000 (mínimo 2026) | $1.300.000 | $156.000 |
| $1.800.000 | $1.800.000 | $216.000 |
| $2.500.000 | $2.500.000 | $300.000 |
| $3.500.000 | $3.500.000 | $420.000 |
| $5.000.000 | $5.000.000 | $600.000 |
| $8.000.000 | $8.000.000 | $960.000 |
Los intereses de cesantías (12% anual) se pagan directamente al empleado, no al fondo, antes del 31 de enero de cada año. Son un pago separado al depósito del capital.
[⚠️ DATO: confirmar el salario mínimo vigente en 2026 en el decreto oficial del Ministerio del Trabajo antes de publicar.]
Qué Son los Intereses de Cesantías y Cuándo Llegan
Hay dos pagos distintos que confunden a muchos trabajadores:
1. El capital de cesantías → se deposita en el fondo antes del 14 de febrero.
2. Los intereses sobre cesantías → equivalen al 12% anual sobre el saldo de cesantías acumulado y se pagan directamente al trabajador (a su cuenta bancaria, no al fondo) antes del 31 de enero del año siguiente.
Son pagos separados, con fechas distintas y destinos distintos. Los intereses no van al fondo — van a tu bolsillo directamente.
Ejemplo: Si tienes acumulados $5.000.000 en cesantías, antes del 31 de enero recibirás en tu cuenta $600.000 de intereses (5.000.000 × 12%). Luego, antes del 14 de febrero, tu empleador deposita en el fondo el nuevo capital del año.
¿Qué Pasa si tu Empleador No Consigna Antes del 14 de Febrero?
Si el empleador no deposita las cesantías en el plazo legal, incurre en sanción moratoria (Artículo 99, Ley 50 de 1990): debe pagar un día de salario por cada día de retraso, directamente al trabajador.
¿Qué puedes hacer si no aparecen?
- Confirma en el fondo que la consignación no haya sido simplemente demorada unos días hábiles más allá del 14.
- Comunícate con Recursos Humanos y pide el comprobante de pago al fondo.
- Interpone una queja ante el Ministerio del Trabajo si el empleador reconoce el retraso o no da respuesta.
- Consulta con un abogado laboral si el incumplimiento persiste.
Errores Comunes en la Cesantía de Febrero
1. Confundir cesantías con intereses de cesantías Son dos conceptos distintos con fechas distintas. Las cesantías van al fondo (antes del 14 de febrero); los intereses van a tu cuenta (antes del 31 de enero).
2. Calcular sobre el salario sin incluir comisiones habituales Si recibes comisiones regulares que constituyen salario, deben entrar al cálculo. Revisar la liquidación detallada.
3. Creer que el auxiliar de transporte aumenta las cesantías El auxilio de transporte NO constituye salario para efectos de prestaciones sociales (incluyendo cesantías), según la Ley colombiana.
4. No verificar en el portal del fondo Muchos trabajadores asumen que llegaron porque “ya es febrero”. La única forma de confirmar es ingresando al portal de tu fondo (Porvenir, Protección, Colfondos, Old Mutual, FNA) o contactando su línea de atención.
5. No reclamar la sanción moratoria Pocos trabajadores saben que tienen derecho a un día de salario por cada día de retraso. Si tu empleador consignó tarde, tienes derecho a esa sanción.
¿Quiénes No Reciben Cesantías en Febrero?
- Trabajadores independientes y contratistas: no tienen empleador que consigne. Para acceder a beneficios similares, pueden vincularse voluntariamente al FNA como independientes.
- Trabajadores con régimen anterior (retroactivo): empresas creadas antes de 1990 que conservan el régimen antiguo no consignan en fondo — las cesantías se liquidan al final del contrato con el último salario.
- Trabajadores del servicio doméstico por días: aplican reglas proporcionales al tiempo trabajado, con las mismas fechas límite.
Cómo Verificar que tus Cesantías Llegaron
Cada fondo tiene su propio portal o app:
- Porvenir: porvenir.com.co → Tu cuenta → Cesantías
- Protección: proteccion.com → Mis ahorros
- Colfondos: colfondos.com.co → Consulta de saldo
- Old Mutual: oldmutual.com.co → Portal afiliados
- FNA: fna.gov.co → Servicios en línea
También puedes consultar a través de la plataforma del Ministerio del Trabajo en mintrabajo.gov.co.
Si el depósito no aparece después del 20 de febrero, inicia el proceso de reclamo.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿El 14 de febrero es un plazo fijo o puede variar?
El Artículo 99 de la Ley 50 de 1990 establece el 14 de febrero como fecha límite. Si cae en fin de semana o festivo, el plazo se corre al siguiente día hábil. Verifica el calendario cada año.
¿Qué pasa si mi empleador me paga por días y no por mes?
Las cesantías se calculan igual — Salario mensual equivalente × días trabajados / 360. Si te pagan por días, se promedia el ingreso para obtener el salario mensual base del cálculo.
¿Las cesantías en el fondo generan rentabilidad adicional?
Sí. Además de las cesantías en sí, el saldo que acumulas en el fondo genera rendimientos según la rentabilidad del fondo (variable por fondo y período). Eso es diferente a los intereses de cesantías del 12%, que los paga tu empleador directamente.
¿Puedo retirar las cesantías en febrero?
No automáticamente. Las cesantías solo se pueden retirar por causales específicas: terminación del contrato laboral, compra de vivienda, mejora o liberación de hipoteca, pago de educación (tuya o de tus hijos). Que el empleador las consigne en febrero no significa que puedas retirarlas en esa fecha.
¿Qué pasa con mis cesantías si me despiden antes del 14 de febrero?
Si te despiden antes del 14 de febrero, el empleador debe liquidarte las cesantías proporcionales al tiempo trabajado directamente en la liquidación, no en el fondo. En ese caso el plazo de febrero ya no aplica.
¿El auxilio de transporte entra en el cálculo de cesantías?
No. El auxilio de transporte no constituye salario para efectos de cesantías, según la legislación laboral colombiana. No se suma al salario base del cálculo.
¿Puedo cambiar de fondo de cesantías en febrero?
Puedes solicitar el traslado de fondo en cualquier momento del año. Sin embargo, el proceso puede tomar varias semanas, por lo que es posible que el depósito de febrero llegue al fondo anterior antes de que se complete el traslado. Verifica con tu nuevo fondo los tiempos del proceso. Para comparar opciones antes de trasladarte, revisa nuestra guía completa de fondos de cesantías.
¿Los intereses de cesantías son lo mismo que la rentabilidad del fondo?
No. Los intereses de cesantías (12% anual) son una obligación legal de tu empleador, pagadera antes del 31 de enero. La rentabilidad del fondo es el rendimiento que genera el dinero acumulado en el fondo sobre las cesantías ya depositadas. Son dos conceptos distintos y ambos benefician al trabajador.
¿Qué sucede si trabajo en más de una empresa?
Cada empleador debe consignar cesantías proporcionales al tiempo y salario de esa relación laboral, cada uno con su propio fondo (o el mismo si elegiste el mismo fondo para varios empleos).
¿Puedo usar las cesantías de febrero para pagar deudas?
Solo para las causales legales: vivienda y educación. No se pueden usar para pagar deudas de consumo, tarjetas de crédito ni créditos personales. Si buscas liquidez, revisa si calificas para un retiro por causal de educación o consulta con tu asesor financiero las opciones disponibles. Puedes leer más sobre los tipos de retiro permitidos en nuestra guía completa de retiro de cesantías.
Conclusión
El depósito de cesantías en febrero es uno de los momentos más importantes del año laboral en Colombia: es cuando el saldo acumulado crece con el aporte del nuevo período. Entender la fórmula, las fechas exactas y la diferencia entre capital e intereses te da la claridad para verificar que tu empleador cumplió, reclamar si no lo hizo y tomar mejores decisiones sobre cuándo y cómo retirar ese dinero.
Si quieres entender en profundidad cómo se comparan los fondos donde quedó depositado ese dinero, revisa nuestra comparación de fondos de cesantías en Colombia. Y si tienes un plan de vivienda, no pierdas de vista que puedes usar tus cesantías como cuota inicial.
Fuentes: Ley 50 de 1990 (Art. 98–99), Ministerio del Trabajo Colombia (mintrabajo.gov.co), Superfinanciera (superfinanciera.gov.co). Información actualizada a julio 2026.